TOP DE PUERTO MONTT CONDENA A 10 AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO EFECTIVO A AUTOR DEL DELITO DE HOMICIDIO

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puerto Montt condenó a Raúl Rodrigo Romero Rozas a la pena efectiva de 10 años y un día de presidio, como autor del delito consumado de homicidio; y a 3 años y un día de presidio, por el delito de porte ilegal de arma de fuego. Ilícitos perpetrados en junio pasado, en la comuna.

En fallo unánime (causa rol 13-2018), el tribunal –integrado por los magistrados Francisco del Campo (presidente), Rosario Cárdenas (redactora) y Jaime Rojas– aplicó, además, a Romero Rozas las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

En la causa, el tribunal condenó a Fabiola Andrea Rubilar Núñez a 250 días de presidio y accesorias de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena, como autora del delito consumado de amenazas no condicionales. Pena que se dio por cumplida, por el mayor tiempo que permaneció privada de libertad.

Una vez ejecutoriado el fallo, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de Romero Rozas para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

El fallo dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 6 horas del 10 de junio de 2017, «en circunstancias que Gabriel Alejandro Cárdenas Mancilla se encontraba junto a familiares, en la vía pública, frente al inmueble ubicado en calle Eclogita (…), de la Población Mirador de la Cordillera de esta ciudad, concurrió  hasta dicho lugar Fabiola Andrea Rubilar Núñez, donde tras solicitar cigarrillos, se inicia una discusión entre ella y Cárdenas Mancilla, procediendo Rubilar Núñez a retirarse del lugar, señalándole que volvería con su marido a matarlo».

La resolución agrega: «Con posterioridad, regresa al lugar Rubilar Núñez, portando un martillo y una llave inglesa, iniciándose una nueva discusión con Cárdenas Mancilla, momentos en que aparece Raúl Rodrigo Romero Rozas, quien con ánimo de matar, le dispara a corta distancia con el arma de fuego que portaba, provocándole un trauma torácico por bala, sin salida de proyectil, lo que determinó su muerte a los pocos minutos».

«Inmediatamente de ocurridos los hechos –continúa el fallo– y en el contexto de su investigación, personal policial allanó el domicilio que compartían Romero Rozas y Rubilar Núñez, ubicado en calle Cuarzo (…), encontrando en su interior un revólver marca Orbea hermanos, serie 777, calibre .38 corto, cargado con 2 vainillas percutadas y 3 cartuchos, marca Winchester y Famae los cuales se encontraban con su proyectil desgastado artesanalmente, no teniendo Romero Rozas, permiso de porte o tenencia de arma de fuego ni municiones».