El Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) llama a las y los pescadores artesanales a revisar su situación para conocer si se encuentran en las nóminas preliminares del proceso de caducidades del Registro Pesquero Artesanal y, si corresponde, presentar una Solicitud de Exclusión antes del 31 de julio de 2026.
Como parte de este proceso, funcionarios de Sernapesca están realizando atenciones presenciales en caletas pesqueras de distintas regiones del país para orientar a las y los usuarios, revisar sus antecedentes y apoyar la presentación de solicitudes. Quienes lo requieran también pueden realizar este trámite o consultas en la oficina de Sernapesca más cercana.
En este sentido, el director regional de Sernapesca en Los Lagos, Cristian Hudson, comentó: “Hacemos un llamado a pescadores y pescadoras de la región a que revisen la situación de su registro pesquero artesanal con el objeto de evitar la caducidad de sus autorizaciones pesqueras. Para quienes aún no lo han revisado su situación, los invitamos a que asistan a nuestras oficinas. Como Sernapesca continuaremos realizando visitas a las caletas con el objetivo de aclarar dudas y apoyar este y otros trámites”.
La principal causal considerada en este proceso corresponde a pescadores o embarcaciones que no registran actividad pesquera extractiva durante los últimos tres años. Sin embargo, la Ley General de Pesca y Acuicultura contempla otras causales de caducidad, entre ellas el no pago de la patente pesquera artesanal por dos años consecutivos, no contar con certificado de navegabilidad vigente por tres años consecutivos, la cancelación de la matrícula por la Autoridad Marítima, el fallecimiento del titular de una embarcación sin regularizar la asignación de la vacante por más de dos años y determinadas infracciones o delitos establecidos en la normativa pesquera.
Desde Sernapesca destacaron que la publicación de estas nóminas no significa que la inscripción haya caducado, sino que corresponde a una etapa previa en la que las personas pueden presentar antecedentes para demostrar que la causal no se configuró.
En este sentido, la documentación presentada debe acreditar que la causal de caducidad no se produjo entre el 1 de junio de 2023 y el 31 de mayo de 2026. Una vez finalizado el proceso de revisión a nivel nacional, se procederá a realizar la caducidad correspondiente mediante resolución.