DIPUTADO DANIEL LILAYÚ SOLICITA AUMENTO DEL SUBSIDIO PARA EL RECAMBIO DE TECHUMBRES DE ASBESTO

Como una medida urgente, calificó el diputado Daniel Lilayú el aumento del subsidio para cambio y eliminación de techumbres de asbesto en nuestro país y especialmente en la zona.

El parlamentario recordó que, en varias comunas como Osorno, Río Negro, Frutillar, Puerto Varas, existen viviendas con techo de asbesto, cuyo uso está prohibido desde el año 2001, por lo nocivo que es para la salud y por lo altamente cancerígeno que este producto puede causar en las personas.

Lilayú explicó que actualmente existe un subsidio de 36 UF en el Minvu para el retiro y cambio de la techumbre, y este monto claramente es insuficiente, porque los cálculos actuales indican que al menos se necesitan 70 UF más por vivienda. Para no poner en riesgo la salud pública de los vecinos y moradores al momento del retiro, de poder acopiar de manera idónea y no exponer a trabajadores, recolectores domiciliarios o a las personas que trabajan en los vertederos cuando llegan estás planchas que no han sido debidamente tratadas.

El diputado y médico integrante de la comisión de salud, quien presentó un proyecto de ley para aumentar este subsidio, dijo que cuando los materiales que contienen asbesto se deterioran o son manipulados sin las precauciones adecuadas, liberan fibras microscópicas que pueden ser inhaladas. Estas fibras se alojan en los pulmones y pueden causar enfermedades graves como asbestosis, cáncer de pulmón y mesotelioma, una forma rara pero agresiva de cáncer. Lo más preocupante es que los síntomas de estas enfermedades pueden tardar décadas en aparecer, lo que hace que el riesgo pase desapercibido hasta que es demasiado tarde.

El representante del distrito 25 en su intervención en la Cámara solicitó se oficie al ministro de Vivienda, para que explique el monto de 36 UF qué tiene este subsidio, que el Ministerio pueda evaluar el aumento de este monto debido a que no alcanza para poder retirar y cambiar techumbre de manera segura. Además de solicitar el aumento del valor de las viviendas que puede postular al subsidio, considerando que es un tema relevante de Salud Pública.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN POR EL CUAL SE SOLICITA A S.E EL PRESIDENTE
DE LA REPÚBLICA QUE, EN CONJUNTO CON EL MINISTERIO DE VIVIENDA Y
URBANISMO, EVALÚE LA POSIBILIDAD DE AUMENTAR LA COBERTURA DEL
SUBSIDIO DESTINADO AL RECAMBIO DE TECHUMBRES FABRICADAS CON
ASBESTO


CONSIDERANDO:
La exposición a partículas contaminantes es un problema que ha sido objeto de múltiples
regulaciones en el país con el fin de disminuir y restringir la utilización de materiales nocivos,
entre ellos, el asbesto, cuyo uso se encuentra prohibido desde 2001 en razón del daño que
puede llegar a ocasionar en la salud, provocando enfermedades graves como asbestosis y
cáncer de pulmón.
El riesgo es aún mayor para aquellos trabajadores que realizan actividades en lugares donde
se han detectado fibras de dicha sustancia, siendo motivo de preocupación desde el ámbito
de las políticas públicas, ya que, a pesar de la prohibición señalada anteriormente, todavía
existen techumbres con este material. Según datos del Censo de 2002, casi el 42% de la
población residía en viviendas con esas construcciones.
Por lo mismo, el recambio de este tipo de infraestructura es muy relevante en materia
sanitaria, por lo que se deben impulsar todas las medidas legales y administrativas que sean
necesarias para promover su retiro. Dentro de los planes estatales implementados con tal
propósito, se encuentra el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, cuya cobertura,
de acuerdo con lo dispuesto en el decreto Nº27, de 2016, incluye la remoción de elementos
con asbesto cemento a favor de hogares de sectores vulnerables en áreas o localidades
urbanas de más de 5.000 habitantes.
El monto máximo del subsidio actualmente asciende a 30 UF. Si bien éste es un importante
apoyo económico para quienes no cuentan con recursos adicionales a los que ya destinan
para financiar los gastos básicos de su grupo familiar, la referida suma es insuficiente, toda
vez que el proceso de remoción es complejo y contempla una serie de acciones que deben ser
realizadas con especial cuidado en condiciones de seguridad para no poner en riesgo la salud
de los propietarios y de los trabajadores.
En efecto, un adecuado retiro de las planchas de asbesto implica un costo de, a lo menos, 70
UF por vivienda donde es fundamental ejecutar cada una de las labores con los debidos
resguardos para no afectar la integridad física no solo de moradores y de quienes se
encuentran a cargo de las actividades de remoción y acopio, sino que de recolectores
domiciliarios y de las personas que reciben la infraestructura en vertederos, especialmente
cuando ésta no ha sido tratada previamente como se requiere considerando que es un material
peligroso.
Por tanto, y en mérito de las consideraciones expuestas anteriormente, la Cámara de
Diputadas y Diputados, solicita a S.E el Presidente de la República que, en conjunto con
el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, evalúe la posibilidad de implementar las
siguientes medidas:

  1. Aumentar la cobertura del subsidio destinado a la remoción de techumbres fabricadas
    con asbesto.
  2. Permitir que propietarios de viviendas con un avalúo mayor al señalado actualmente
    como requisito puedan postular al referido subsidio.
  3. Instruir todas las medidas administrativas y legales que se encuentren a su alcance para
    realizar un catastro de aquellas viviendas que todavía tienen techos elaborados con este
    material a lo largo del país.
  4. Impulsar y ejecutar un proceso gradual de recambio de techumbres de asbesto, con foco
    en hogares de mayor vulnerabilidad socioeconómica, de manera de lograr la remoción
    total de esta infraestructura en el país, en un plazo no superior a dos años.
    DANIEL LILAYU V.
    DIPUTADO